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La cuesta de enero tributaria, trucos y novedades 2018
by Josep Cortada in Gestión y Operativa
Una vez planificada la fiscalidad de un ejercicio y tal como decíamos en el anterior artículo, llega el momento de pasar las últimas cuentas con Hacienda, y eso se produce en el último trimestre o mes del año fiscal y se liquida en enero.
En la “cuesta de enero” se liquidan las retenciones de IRPF y el IVA, y se perfila lo que será el Impuesto sobre Sociedades que se pagará en julio.
Se producen dos circunstancias que pueden afectar de forma importante a la tesorería de la empresa:
Pagar menos impuestos con una buena planificación fiscal
by Josep Cortada in Gestión y Operativa
Aprovechando la recta final del ejercicio económico, empezamos una serie de tres artículos de ámbito fiscal para empresas con los siguientes temas:
- Pagar menos impuestos con una buena planificación fiscal
- Novedades fiscales para 2018
- Sistema de Información Inmediata (SII)

Consejeros de Empresa: Infografía
by Josep Cortada in Ejecutivos a su medida
Este es el 1º blog del tema “Consejeros de Empresa” que el equipo de NTC estamos realizando para mejorar la administración y el gobierno de la empresa aportando valor para el accionista.
Links interesantes:
Consejeros de Empresa NTC
Acelerando el Crecimiento: Fiscalidad, transformar un freno en un incentivo
by Josep Cortada in Dirección y Estrategia
Este es el 6º blog del tema “Acelerando el Crecimiento” que el equipo de NTC estamos realizando desde diferentes perspectivas sobre cómo conseguir el crecimiento de la cifra de negocio, resultados y valor de compañía.
La normativa fiscal no entiende de empresas en crecimiento, y simplifica su afectación en si tienen beneficios o pérdidas.
A partir de 2016, el “castigo”
Las Operaciones de Reestructuración también Optimizan su Fiscalidad
by Josep Cortada in Finanzas Corporativas
Cuando el interim manager de nuestra empresa establece los indicadores del negocio para su correcto análisis, mejora de procesos internos o valoración una posible reorganización del grupo de empresas, también tiene en cuenta que la mayoría de operaciones de reestructuración llevan asociadas ventajas fiscales muy importantes.
Se cree que dichas operaciones suelen venir acompañadas de grandes obligaciones tributarias, pero nunca más lejos de la realidad. A las principales operaciones les es de aplicación el régimen especial regulado en el Título VII, Capítulo VIII de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.
Dicho régimen establece que la transmisión de los elementos patrimoniales que afecten a cada una de las operaciones, no tributa en el Impuesto sobre Sociedades por cualquier diferencia de valor entre el valor de mercado y su valor contable, tampoco en el IVA, ni en impuesto sobre transmisiones patrimoniales, siempre que se cumplan una serie de requisitos.
Según la Ley del Impuesto sobre Sociedades “El régimen no se aplicará cuando la operación no se efectúe por motivos económicos válidos, tales como la reestructuración o la racionalización de las actividades de las entidades que participan en la operación, sino con la mera finalidad de conseguir una ventaja fiscal.” O dicho al revés, se aplicará siempre que sus motivos sean económicos, de reestructuración y de optimización de actividades.
Por lo tanto, lo que pudiera suponer una barrera para no aplicar medidas de mejora empresarial, quedan diluidas a unas mínimas formalidades y no suponen ningún impedimento, ya que es un régimen opcional.
Pueden plantearse diferentes operaciones para reestructura una o varias empresas, siendo las principales:
- Fusión, en tres modalidades: por absorción, nueva sociedad o impropia (totalmente participada)
- Escisión total o parcial.
- Aportación no dineraria de rama de actividad
- Canje de valores
- Impuesto sobre Sociedades: exención de tributar por plusvalías.
- Impuesto sobre el Valor Añadido: no sujeción de las aportaciones de patrimonio.
- Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales: exención de dicha transmisión ni de sus elementos.