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Consejeros de Empresa: Funciones del Consejero Externo en Empresa Familiar

Este es el 2º blog del tema “Consejeros de Empresa” que el equipo de NTC estamos realizando para mejorar la administración y el gobierno de la empresa aportando valor para el accionista.

Muchas Empresas Familiares se resisten a introducir un Consejero Externo ya que inicialmente se percibe como un “elemento foráneo”, innecesario y que no entiende ni conoce ese negocio “tan especial y diferente a todos los demás”. Un Consejero Externo aporta muchas ventajas y beneficios a la Empresa Familiar

La conveniencia de contar con un Consejero Externo, para la toma de decisiones importantes, no se considera necesario, principalmente, porque no se hace un buen uso del Consejo de Administración, que suele estar compuesto exclusivamente de familiares, y muchas veces sirven como un simple escudo formal para que el familiar “dominante” lleve a cabo su gestión con la aprobación del resto, o de simple información de lo que se está haciendo o se va a hacer, pero no para debatirlo.

Para ayudar a eliminar esos miedos a la intromisión de un “foráneo” conviene aclarar a los empresarios familiares que:

  • El PODER se ejecuta desde la Propiedad / Accionistas Familiares hacia el Consejo de Administración, y de éste hacia la Dirección General.
  • Un buen Consejo de Administración ayuda a una buena separación entra la Organización Familiar y la Organización Ejecutiva.
  • Un Consejo de Administración sirve para razonar, no para tener razón. Y ese punto es aún más relevante en los casos de 1ª generación ya que el empresario creador de su empresa tiene tendencia a querer tener razón por su intuición demostrada a lo largo del tiempo, y no tanto por la racionalización y objetivación de hechos y situaciones.

¿Qué aporta un Consejero Externo a una Empresa Familiar?

  • Coordina las funciones propias del Consejo de Administración: un Consejo profesional refuerza la reflexión sobre los temas más relevantes de la empresa.
  • Da objetividad en la toma de decisiones.
  • Independencia de criterio.
  • Experiencias prácticas de situaciones similares en otras compañías.
  • Ayuda a la familia a mantenerse firme en las decisiones que son buenas para la empresa, evitando que presiones de carácter emotivo-familiar puedan interferir en lo que es más conveniente para la empresa.
  • Asegura la buena marcha de la empresa en armonía familiar, entendiendo la relación de la familia con la empresa, de forma que la actitud de los familiares empleados y/o propietarios hacia y desde la empresa sea responsable y justa.
  • Supervisa y monitoriza las acciones directivas, así como discute y entiende la visión, la estrategia y los valores de la familia.

Un Consejero Externo es además de especial relevancia en los siguientes casos:

  • Si la Dirección General de la Empresa Familiar esté en manos de un ejecutivo externo a la familia:
    • Proporciona información y juicio crítico al Director General acerca de su desempeño y el del equipo directivo.
    • Contribuye decisivamente a llevar un control profesional de la dirección ejecutiva y asegurar que se cumplan la misión e instrucciones encomendadas desde el Consejo.
  • Traspaso Generacional:
    • Actúa como una cuña entra una y otra generación, dando tranquilidad a la saliente y seguridad a la entrante, consiguiendo un traspaso bastante tranquilo, amortiguando las tensiones propias de ese cambio.

Igualmente es interesante resaltar que en muchas empresas familiares, el Consejero Externo actúa con voz pero sin voto, y sin estar formal y legalmente nombrado como tal por dos motivos fundamentales:

  • Primero, tiene que ver con la preferencia de la propia empresa, se quiere que intervenga pero no tenga voto formal en el Consejo.
  • Segundo, porque muchos Consejeros no quieren asumir la responsabilidad legal que emana de ser un miembro del Consejo de Administración de una empresa familiar, y por tanto administrador a efectos legales, pues puede haber información relevante que se le tenga “oculta” y en caso de incurrir en alguno de los casos que la Ley especifica, asumiría plena responsabilidad.

Links interesantes:

Consejeros de Empresa: Infografía

Consejeros de Empresa NTC

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